26 de Dec de 2018 5248 Visitas

SOCIO EMÉRITO

¿Quién puede ser un Socio Emérito?

Pasan a ser Socio Emérito los Socios titulares que son designados en esta categoría por el Directorio por su contribución trascendente, meritoria y continua a la Sociedad.

  • La aceptación de una persona en la categoría de socio Emérito sólo podrá ser aprobado por la unanimidad de los miembros presentes en la Sesión de Directorio en que se adopte el acuerdo.

 

¿Qué requisitos debe cumplir?

  • La categoría de Socio Emérito será otorgada por el Directorio sin necesidad de solicitud alguna. Sin perjuicio de lo anterior, esta categoría solo podrá serle otorgada a quienes hayan sido propuestos para tal efecto por el Presidente o por, al menos, dos miembros del Directorio.

 

¿Cuáles son sus derechos?

El Socio Emérito goza de plenitud de derechos en la Sociedad:

  • Elegir y ser elegidos para servir los cargos directivos de la Sociedad y de sus Fundaciones Asociadas. Para ser integrante de la Mesa Directiva o del Consejo de Directores, el socio Emérito, no puede haber sido condenado a pena aflictiva.

  • Patrocinio de la Sociedad Chilena de Nefrología en postulación a proyectos de investigación dirigidos expresamente a nefrólogos, pudiendo postular por única vez a este beneficio.

  • Presentación de toda clase de estudios y propuestas a la consideración del Directorio o de las Asambleas Generales.

  • Participar con derecho a voz y voto en las Asambleas Generales y extraordinarias convocadas por la Sociedad.

 

¿Cuáles son sus beneficios?

  • Exento de pago de cuota societaria

  • Participar en todas las actividades de la Sociedad como Director, Docente o Asistente.

  • Asistir a todas las jornadas científicas estacionales (otoño, invierno y primavera) con descuento en el pago de inscripción.

  • Descuentos en el pago de inscripción de actividades científicas adicionales organizadas por la Sociedad o por sus Fundaciones Asociadas.

  • Descuento en el pago de inscripción al Congreso anual de la SCHN.

  • Descuento en cursos de formación continua desarrollados por la Sociedad o sus Fundaciones Asociadas.

  • Acceso a convenios o suscripciones activas de la Sociedad.

  • Formar parte de los comités de trabajos de la Sociedad.

  • Descuentos en la inscripción en Cursos y Congresos de Sociedades e instituciones a las cuales la Sociedad se encuentra afiliada.

 

¿Cuáles son sus Obligaciones?

  • Propender al progreso de la Sociedad, participando en sus actividades en la forma que determine el Reglamento.

  • Conocer y cumplir los Estatutos, Reglamentos y resoluciones de la Asamblea y del Directorio.

  • Cumplir fielmente las funciones inherentes a los cargos en que sean designados.

  • Contribuir a la difusión de las actividades científicas, de educación o de prevención impulsadas por la Sociedad o sus Fundaciones Asociadas.

 

¿Cómo se pierde la calidad de Socio Emérito?

  • Por fallecimiento, por renuncia o expulsión.

  • En caso que falte a las obligaciones que le imponen los Estatutos, los Reglamentos o los acuerdos de las Asambleas Generales o del Directorio, será la Comisión de Ética la responsable de imponer las sanciones según el procedimiento descrito en los estatutos de la Sociedad.

  • El Directorio resolverá de la propuesta del Comité de Ética por la mayoría de sus miembros presentes; pero la sanción de expulsión sólo podrá ser impuesta mediante acuerdo de los dos tercios de sus miembros en ejercicio.

  • Las renuncias para que sean válidas deben ser escritas y la firma debe ser ratificada ante el Secretario General o venir autorizada ante Notario Público, no siendo necesaria su aprobación por el Directorio o por la Asamblea General.