Objetivos de la Sociedad
- Contribuir al estudio, progreso, desarrollo, perfeccionamiento y divulgación científica de la medicina y, en especial de todo aquello vinculado con la Nefrología.
- Promover la investigación en todo aquello concerniente a la Nefrología y el intercambio y difusión de conocimientos científicos y tecnológicos afines.
- Promover el conocimiento de todo tipo de ayuda técnica, científica, cultural y en general de toda actividad que se considere un aporte para el campo de la Nefrología.
- Incentivar y difundir todos los intereses científicos, académicos, técnicos y docentes que afectan directa o indirectamente en el ejercicio de la Nefrología.
- Organizar charlas, cursos, jornadas, congresos y simposios y toda otra actividad científica y cultural que tienda al desarrollo y perfeccionamiento de la Nefrología y de sus socios.
- Promover la publicación de trabajos que a la Sociedad se presenten y sean de interés para los socios y la Nefrología, a través de cualquier medio de difusión idóneo.
- Representar oficialmente a la especialidad de la Nefrología ante instituciones públicas y/o privadas, nacionales y extranjeras; manteniendo un continuo intercambio científico con las instituciones a las que la Sociedad está afiliada o vinculada o lo haga en el futuro.
- Asesorar a organismos públicos y/o privados en la implementación de políticas y programas de salud pública relacionadas con la especialidad.
- Velar por el progreso y prestigio de la Nefrología y el buen nombre, prestigio y dignidad profesional de sus asociados.
Requisitos para ser miembro de la Sociedad Chilena de Nefrología:
La Sociedad está integrada por todos aquellos socios reconocidos por la Sociedad Chilena de Nefrología predecesora y además por todos aquellos que se incorporen como socios, distinguiendo para tal efecto los siguientes tipos:
a) Socios Titulares:
Para optar a esta categoría de socio el postulante deberá residir en Chile y estar en una cualquiera de las siguientes situaciones:
1. Tener título de médico cirujano reconocido por la legislación chilena, y encontrarse en una cualquiera de las siguientes circunstancias:
- Haber cumplido y aprobado el programa universitario de formación de Post-Grado de Nefrología, en servicios acreditados por la ASOFAMECH u organismo equivalente; debiendo haber aprobado el examen de la especialidad.
- Haber sido reconocido como especialista en Nefrología por la Comisión Nacional de Acreditación de Especialidades Médicas, CONACEM, o el organismo equivalente que dicte la ley.
2. Poseer título profesional, tener una amplia y destacada trayectoria profesional y haber efectuado un aporte científico trascendente a la especialidad de la Nefrología.
La postulación a esta calidad de socio deberá ser presentada por escrito y con la firma de dos socios titulares, y a ella deberán adjuntarse los antecedentes que respalden el ingreso, y será formulada al Directorio de la Sociedad. El Directorio resolverá respecto a la postulación, debiendo el ingreso como socio titular contar con el voto de aprobación de las ¾ de los miembros presentes en la Sesión que se adopte el acuerdo.
b) Socios Eméritos:
Son aquellos socios titulares que por su contribución trascendente, meritoria y continua a la Sociedad, obtengan tal distinción por el voto unánime de los miembros presentes en la Sesión de Directorio en que se adopte la decisión.
c) Socios Adjuntos:
Son aquellos profesionales no médicos que se interesen por la especialidad de la Nefrología, y cumplan con los siguientes requisitos:
- Ser presentados al Directorio de la Sociedad mediante documento escrito y firmado por al menos 2 socios titulares.
- Haber trabajado en actividades vinculadas y afines al ejercicio de la Nefrología.
El procedimiento de postulación se regirá por las mismas disposiciones establecidas para el ingreso de los Socios Titulares, establecidas en el punto a) precedente de este mismo artículo.
d) Socios Honorarios:
Son aquellos médicos cirujanos y/o científicos, que aún cuando no pertenezcan a la Sociedad ni hayan postulado su incorporación a ésta, y cualquiera sea su nacionalidad; tengan una destacada trayectoria profesional y hayan efectuado una meritoria contribución científica a la especialidad de la Nefrología. Esta calidad supone una distinción que confiere la Sociedad y para ser otorgada, la decisión debe ser adoptada con el voto de aprobación de las ¾ partes de los miembros presentes en la Sesión de Directorio en que se adopte el acuerdo.
e) Socios Correspondientes:
Podrán optar a esta categoría aquellos postulantes que residan fuera del país debiendo cumplir con uno cualquiera de los siguientes requisitos:
1. Ser poseedor del título universitario de médico cirujano o su equivalente, y encontrarse en una cualquiera de las siguientes circunstancias:
a) Haber aprobado en centros debidamente reconocidos el programa de formación de Post-Grado en Nefrología, con examen de especialidad aprobado; ya sea en Chile o en el extranjero.
b) Haber sido reconocido como especialista en Nefrología por la Comisión Nacional de Acreditación de Especialidades Médicas, CONACEM, o el organismo equivalente que dicta la ley.
2. Ser poseedor de un titulo profesional que tenga una amplia y destacada trayectoria profesional y haya efectuado un aporte científico trascendente a la especialidad de la Nefrología.
La postulación a esta calidad de socio deberá ser por escrito, y a ella deberán adjuntarse los antecedentes que respalden el ingreso, y será formulada al Directorio de la Sociedad. El Directorio resolverá respecto a la postulación, debiendo la decisión de aprobación de la postulación contar con el voto de 3/4 de los miembros presentes.
f) Socios Colaboradores:
Son aquellas personal naturales o jurídicas, que colaboran en forma activa y continua con la Sociedad. Este reconocimiento es conferido por el Directorio, y tal decisión debe contar con el voto de aprobación de la mayoría absoluta de los miembros presentes en la Sesión que se adopte el acuerdo.
Tal calidad se confiere por un tiempo definido, pudiendo ratificarse por períodos sucesivos en forma indefinida.